1.¿Qué es el desempleo?
Es la desocupación o paro que está formado por la población activa que no tiene trabajo.
2.Numero de desempleados de España
5.273.600
3.Los 2 países de la unión europea con mas y con menos empleo
Menos empleo:
Países Bajos y España
Más empleo:
Austria y Grecia
4.¿Cuáles son los puestos de trabajo más solicitados actualmente?
Peluqueros/as, Jefes de Cocina, recepcionistas, manicuristas uñas de gel.
5.Oferta de empleo para el verano
Auxiliar administrativa de sustitución
lunes, 18 de junio de 2012
lunes, 11 de junio de 2012
Trámites para constituir una empresa
1- ¿Cuáles son los trámites?
• Certificación negativa del nombre: este trámite lo tienen que hacer todas las sociedades mercantiles. Se trata de un certificado que acredita que no existe otra Sociedad con el mismo nombre que la nuestra.
• Autorización previa administrativa: solo es obligatorio para la constitución de sociedades mercantiles especiales. Es solicitada por uno de los promotores de la sociedad que se va a crear. Con este trámite se califica el proyecto de estatutos.
• Otorgamiento de la escritura pública: obligatorio para todas las sociedades mercantiles. Los socios fundadores de la empresa firman ante notario la escritura de Constitución de la Empresa según proyecto de estatutos. Será necesario presentar certificación negativa del nombre, estatutos y certificación bancaria de haber ingresado el correspondiente capital social.
• Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: gestión,
liquidación, comprobación e inspección del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. Este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. Es un trámite que deberán realizar todas las sociedades mercantiles.
• Código de Identificación Fiscal CIF: el Código de Identificación Fiscal identifica a la sociedad a efectos fiscales. Deberán solicitarlo toda persona jurídica, pública o privada, cualquiera que sea su actividad. En un primer momento se nos asignara un C.I.F provisional con el que funcionaremos hasta tener el C.I.F definitivo.
• Inscripción en el registro mercantil: deben estar inscritas en el registro mercantil todas las sociedades excepto las cooperativas. Una vez que tenemos la Escritura Pública de Constitución, tenemos que inscribir la sociedad en el Registro Mercantil, es en este momento cuando la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.
• Inscripción en registros especiales: Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales.
2- ¿Dónde se realizan cada uno de ellos?
• Registro Mercantil Central, Dependerá del tipo de Sociedad, Notaria, Consellería de
Economía Hacienda y Empleo, Administración de Hacienda, Registro Mercantil, Registro de
Cooperativas, Registro de Sociedades Laborales
3- ¿Cuánto cuesta aproximadamente?
• Entre 1500 y 2500 euros.
4- ¿Qué es la ventanilla única?
• Constituye el agrupamiento de todos los trámites diferentes que el ciudadano debe realizar ante la Administración pública con un fin particular.
5- ¿Dónde está en el puerto de santa maría?
• En el Ayuntamiento.
6- Imagen de constitución de empresa.
• Certificación negativa del nombre: este trámite lo tienen que hacer todas las sociedades mercantiles. Se trata de un certificado que acredita que no existe otra Sociedad con el mismo nombre que la nuestra.
• Autorización previa administrativa: solo es obligatorio para la constitución de sociedades mercantiles especiales. Es solicitada por uno de los promotores de la sociedad que se va a crear. Con este trámite se califica el proyecto de estatutos.
• Otorgamiento de la escritura pública: obligatorio para todas las sociedades mercantiles. Los socios fundadores de la empresa firman ante notario la escritura de Constitución de la Empresa según proyecto de estatutos. Será necesario presentar certificación negativa del nombre, estatutos y certificación bancaria de haber ingresado el correspondiente capital social.
• Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: gestión,
liquidación, comprobación e inspección del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. Este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. Es un trámite que deberán realizar todas las sociedades mercantiles.
• Código de Identificación Fiscal CIF: el Código de Identificación Fiscal identifica a la sociedad a efectos fiscales. Deberán solicitarlo toda persona jurídica, pública o privada, cualquiera que sea su actividad. En un primer momento se nos asignara un C.I.F provisional con el que funcionaremos hasta tener el C.I.F definitivo.
• Inscripción en el registro mercantil: deben estar inscritas en el registro mercantil todas las sociedades excepto las cooperativas. Una vez que tenemos la Escritura Pública de Constitución, tenemos que inscribir la sociedad en el Registro Mercantil, es en este momento cuando la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.
• Inscripción en registros especiales: Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales.
2- ¿Dónde se realizan cada uno de ellos?
• Registro Mercantil Central, Dependerá del tipo de Sociedad, Notaria, Consellería de
Economía Hacienda y Empleo, Administración de Hacienda, Registro Mercantil, Registro de
Cooperativas, Registro de Sociedades Laborales
3- ¿Cuánto cuesta aproximadamente?
• Entre 1500 y 2500 euros.
4- ¿Qué es la ventanilla única?
• Constituye el agrupamiento de todos los trámites diferentes que el ciudadano debe realizar ante la Administración pública con un fin particular.
5- ¿Dónde está en el puerto de santa maría?
• En el Ayuntamiento.
6- Imagen de constitución de empresa.
lunes, 4 de junio de 2012
La franquicia
1. ¿Qué es una franquicia?
Una franquicia es un acuerdo entre el "franquiciador" o "franquiciante" y el destinatario o "franquiciado" por virtud del cual el primero cede al segundo la explotación de una franquicia. Hay varios elementos importantes que componen la "franquicia". Por una parte la marca comercial que distingue el franquiciador, un determinado "saber hacer" (o know-how) y la formación impartida a los franquiciados. A cambio de la cesión, el franquiciador recibe una regalía, royalty o canon que podrá retribuir la cesión de la marca comercial, el know-how cedido y la tasa de formación y asesoramiento.
2. Enlace franquicia.com
http://www.franquicias.com/
3. Nombrar dos franquicias que hay en el Puerto
MC DONALD´S y CARREFOUR
4. Imagen de franquicia
5. Escoger dos franquicias que sería buena ideas para montar en el Puerto y los requisitos que piden.
Una franquicia de Yogurice de hostelería y Taste de alimentación.
Una franquicia es un acuerdo entre el "franquiciador" o "franquiciante" y el destinatario o "franquiciado" por virtud del cual el primero cede al segundo la explotación de una franquicia. Hay varios elementos importantes que componen la "franquicia". Por una parte la marca comercial que distingue el franquiciador, un determinado "saber hacer" (o know-how) y la formación impartida a los franquiciados. A cambio de la cesión, el franquiciador recibe una regalía, royalty o canon que podrá retribuir la cesión de la marca comercial, el know-how cedido y la tasa de formación y asesoramiento.
2. Enlace franquicia.com
http://www.franquicias.com/
3. Nombrar dos franquicias que hay en el Puerto
MC DONALD´S y CARREFOUR
4. Imagen de franquicia
5. Escoger dos franquicias que sería buena ideas para montar en el Puerto y los requisitos que piden.
Una franquicia de Yogurice de hostelería y Taste de alimentación.
Los requisitos existenciales son aquellos sin los cuales no habría Franquicia, el artículo 1794 del Código Civil Federal señala que los requisitos existenciales son: objeto y consentimiento.
El objeto de la Franquicia es:
1) El otorgamiento de la Licencia de Uso de una Marca por parte del Franquiciante al Franquiciatario; En sentido contrario si el Franquiciante no cuenta con una marca registrada que distinga a sus productos y/o servicios podrá celebrar un Contrato de Licencia de Uso de Marca y hasta un Contrato de Franquicia, sin embargo si la marca no esta registrada no tendrá exclusividad, por lo que faltará objeto y por consiguiente no habrá Franquicia.
2) La transmisión de conocimientos técnicos o la proporción de conocimientos técnicos del Franquiciante al Franquiciatario; y es que en efecto si el Franquiciante no proporciona la asistencia técnica, es decir aquello que hace exitosa a la Franquicia entonces no existe Contrato de Franquicia.
El consentimiento es la firma en el Contrato, el artículo 142 de la Ley de Propiedad Industrial señala que el Contrato debe ser por escrito, por lo que si no hay Contrato firmado no hay Franquicia.
Los elementos de invalidez son los siguientes: I. Incapacidad legal de las partes o de una de ellas; II. Vicios del consentimiento; III. Por su objeto, o su motivo o fin sea ilícito; IV. Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
Los elementos accesorios son aquellos que dependiendo de la naturaleza de la Franquicia el Franquiciante deba de cubrir por ejemplo si es una Franquicia de abastecimiento de gasolina al público en general el Franquiciante debe contar con la concesión del abastecimiento de gasolina, en ocasiones la falta de estos elementos puede ser un elemento de inexistencia del Contrato.
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